Movilidad internacional – Novedades ley emprendedores

  1. Visado de residencia para inversores.
  2. Cumplir con uno de los siguientes requisitos:
  3. realizar una inversión inicial por un valor igual o superior a 2 millones de euros en deuda pública, o por valor igual o superior a un millón de euros en acciones o participaciones sociales de empresas, o en depósitos bancarios.
  4. Adquirir bienes inmuebles por valor igual o superior a 500.000 euros.

iii. Desarrollo de un proyecto empresarial de interés general.

  1. Duración: dos años prorrogables por el mismo plazo de dos años.
  2. Entrada y estancia para inicio de actividad empresarial.
  3. Objeto: visado para entrar y permanecer en España por un periodo de un año con el fin de llevar a cabo los trámites previos para poder desarrollar una actividad emprendedora.
  4. Requisito: desarrollar una actividad emprendedora de carácter innovador con especial interés económico para España.
  5. Profesionales altamente cualificados.
  6. Objeto: facilitar la incorporación de personal directivo o altamente cualificado.
  7. Solicitante: la empresa que lo contrate.
  8. Traslado intraempresarial.

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