Convocatoria de ayudas para el fomento de empleo autónomo para proyectos innovadores

Objeto de la convocatoria:

Fomentar el emprendimiento mediante la concesión de subvenciones a las personas desempleadas que se establezcan como trabajador autónomo o por cuenta propia en proyectos innovadores.

 

Algunos requisitos:

  1. Que se haya dado de alta como autónomo a partir del 1 de enero de 2024.
  2. Que haya permanecido en situación de desempleo hasta el alta como autónomo.
  3. Que no haya realizado la misma actividad como persona trabajadora autónoma en los seis meses anteriores al inicio de la actividad.
  4. Que el proyecto tenga carácter innovador y reúna condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera (disponer de un Plan de empresa de la actividad a realizar, que contemple su organización, recursos necesarios, plan financiero y de inversiones y plan de viabilidad para poder llevar a cabo dicha actividad). Este requisito se acreditará mediante un informe que ha de emitir cualquiera de las entidades, públicas o privadas, que forman parte del Mapa de Entidades del Ecosistema Emprendedor de la Comunitat Valenciana, en el que figuran los pactos territoriales por el empleo y desarrollo local. A dicho informe deberá adjuntarse como Anexo la ficha resumen que estará disponible en la web de la ayuda debidamente cumplimentada y firmada. Se considerará que la actividad autónoma tiene carácter innovador si cumple alguna de las siguientes condiciones:
    • que el proyecto ofrezca alguna novedad o mejora sobre productos o servicios existentes
    • que se trate de una actividad en la que se detecte una falta de oferta en el territorio donde la persona trabajadora autónoma vaya a prestar servicios
    • o que se trate de una idea de negocio, en sectores maduros, que den respuesta a necesidades no cubiertas.
  5. Acreditar que se posee la siguiente formación:
    • formación profesional oficial (bien del sistema educativo o formación profesional para el empleo) o educación universitaria (grado, máster o curso de experto universitario) sobre materias que tengan relación directa con el proyecto de negocio.
    • y formación no inferior a 70 horas de duración en materia gerencial, de gestión comercial o financiera o de marketing digital, bien por haber recibido formación sobre dichas materias o bien porque la formación que se posea en relación al apartado anterior ya la incluya, según lo siguiente:
    • en caso de acreditar formación profesional oficial, la titulación acreditada deberá incluir al menos 70 horas de duración en dichas materias.
    • en caso de acreditar educación universitaria, la titulación acreditada deberá incluir al menos 3 créditos ECTS en dichas materias (en titulaciones universitarias anteriores al Plan de Bolonia tendrá que incluir al menos una asignatura en dichas materias.)
  6. Mantener la actividad por cuenta propia y el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o equivalente durante al menos tres años desde la fecha de efectos del alta en dicho régimen

 

Cuantía de la subvención:

El importe de la subvención asciende a:

– Si la persona solicitante es un hombre: 5.000 euros

– Si la persona solicitante es una mujer: 6.000 euros.

– Si es una mujer víctima de violencia de género, el importe será de 6.600 euros.

 

Más información: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=G96106