Se subvenciona la realización de inversiones en activos fijos e inmovilizado, en operaciones de adquisición de la propiedad de los bienes específicamente afectos a la realización del objeto social de la entidad de conformidad con los estatutos sociales vigentes en la fecha de presentación de la solicitud, que contribuyan a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas y sociedades laborales que acrediten un incremento neto de los puestos de trabajo correspondientes a personas socias trabajadoras o de trabajo o a personas trabajadoras con contrato indefinido en los últimos 36 meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud.
El importe de la subvención se determinará mediante la aplicación de un porcentaje sobre el importe subvencionable de la inversión realizada, sin que pueda rebasarse ninguno de los límites siguientes:
a) El 50% del coste de adquisición de los activos.
b) El 30% para las inversiones en inmuebles.
c) El 10% en el caso de que se destine exclusivamente a la inversión en terrenos.