Que es el Suministro Inmediato de Información del IVA de la Agencia Tributaria

Desde el 1 de enero de 2017 es obligatorio el SII para las empresas inscritas en REDEME, grandes empresas y grupos de IVA.

También se podrán acoger quienes lo soliciten sin estar obligados durante el mes de noviembre del año anterior a su inclusión en el sistema.

El SII es un nuevo sistema de llevanza de los libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a través de la Sede electrónica de la AEAT, mediante el suministro cuasi inmediato de los registros de facturación.

Los sujetos pasivos acogidos al SII están obligados a llevar, a través de la Sede electrónica de la AEAT, mediante el suministro electrónico de los registros de facturación, los siguientes Libros Registro:

· Libro registro de facturas expedidas.

· Libro registro de facturas recibidas.

· Libro registro de bienes de inversión.

· Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias.

 

Para ello, deben remitir a la AEAT los detalles sobre su facturación, con cuya información se irán configurando casi en tiempo real los distintos Libros Registro.

El envío de esta información se realizará por vía electrónica, concretamente mediante Servicios Web basados en el intercambio de mensajes XML.

La estructura de este envío tendrá una cabecera común con la información del titular de cada libro registro, así como la información del ejercicio y período en el que se registran dichas operaciones. A esta cabecera le acompañará un bloque con el contenido de las facturas.

El suministro de esta información se realizará conforme con los campos de registro que apruebe el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas a través de la correspondiente Orden Ministerial.