Se subvenciona la transformación a indefinido a jornada completa (excepto discapacidad severa que podrá ser de 15 horas) de contratos temporales (incluidos los formativos) de personas ocupadas inscritas como demandantes de empleo.
¿Qué requisitos debe tener el trabajador que contrata la empresa?
Las personas destinatarias son las personas ocupadas con contratos de carácter no indefinido que figuren inscritas como demandantes de empleo (mejora de empleo) en el Servicio Valenciano de Empleo y Formación hasta el momento de la conversión a indefinido de su contrato.
¿Cuál es la cuantía de la subvención?
General: 11.969 euros.
Mujer o persona con discapacidad: 13.299 euros.
Víctima de violencia de género o discapacidad severa: 26.599 euros.
Algunos requisitos:
La conversión a indefinido del contrato deberá efectuarse con posterioridad a la publicación de la presente convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2020.
La persona trabajadora debe haber figurado de alta de manera ininterrumpida en la entidad empleadora durante al menos los 30 días previos a la conversión.
Mantener el empleo subvencionado durante al menos 24 meses.
Durante el periodo de mantenimiento del contrato subvencionado, no podrá disminuir la plantilla media de la entidad empleadora de las personas trabajadoras en situación de alta en la entidad beneficiaria, salvo que esta situación responda a vacantes originadas por la baja voluntaria, muerte, discapacidad sobrevenida, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora.
Plazo de presentación: finaliza el 30 de junio de 2020.