Se han ampliado los supuestos durante los que se suspende el periodo de prueba siempre que haya acuerdo entre las partes.
Actualmente se puede suspender en las siguientes circunstancias: incapacidad temporal, nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia y violencia de género.