Ayudas a la reducción de la jornada laboral ordinaria a cuatro días o treinta y dos horas semanales

Se subvencionan los planes o proyectos de reducción de la jornada laboral e incremento o mejora de la productividad.

Se contempla DOS TIPOS de proyectos subvencionables:

A – NUEVOS proyectos que se presenten por el PRIMER AÑO de compromiso empresarial de reducción de la jornada laboral ordinaria a tiempo completo aplicable al centro de trabajo que deberá consistir en una reducción mínima del 20 por cien de la jornada en cómputo semanal, cuando la jornada ordinaria sea equivalente a cuarenta horas semanales. Si en el momento de solicitud de la ayuda la empresa tiene implantada una jornada en cómputo semanal inferior a las cuarenta horas, el compromiso empresarial será de reducción a treinta y dos horas semanales.

B – Proyectos que estén en su SEGUNDO AÑO de compromiso empresarial de reducción de la jornada laboral ordinaria porque en el año 2022 obtuvieron resolución de concesión favorable al proyecto presentado en la convocatoria de 2022 y que, SOLO Y EXCLUSIVAMENTE, INCORPOREN ADICIONALMENTE al proyecto ALGUNA PERSONA TRABAJADORA que no estuviera incluida en el Plan elaborado en el ejercicio anterior.

El plazo de presentación de solicitudes será DESDE EL día 11 de ABRIL de 2023 HASTA EL día 31 de MAYO de 2023, ambos incluidos

A) CUANTÍA de la ayuda (BASE 6 de la Orden 7/2022)

1. En cada uno de los tres años de duración máxima del plan o programa se establecen las siguientes cantidades de ayudas a las empresas por cada persona trabajadora que vea reducida su jornada laboral en los términos señalados en la base 5.1 de la Orden 7/2022:

a) Primer año completo de aplicación del programa: subvención de 5.492,19 euros por cada persona trabajadora con contrato indefinido a tiempo completo incorporada al Plan de reducción de la jornada laboral.

b) Segundo año completo de aplicación del programa: subvención de 2.746,10 euros por cada persona trabajadora con contrato indefinido a tiempo completo que, incorporada al Plan, mantenga reducida su jornada laboral.

c) Tercer año completo de aplicación del programa: subvención de 1.373,05 euros por cada persona trabajadora con contrato indefinido a tiempo completo que, incorporada al Plan, mantenga reducida su jornada laboral.

 

2. Teniendo en cuenta la duración máxima del plan o programa (3 años), el IMPORTE TOTAL MÁXIMO de la subvención que podrá percibir la empresa beneficiaria será:

– Por cada trabajador/a adscrito al plan: 9.611,34 euros. – Una misma empresa: 200.000 euros en el cómputo total de la duración del plan o programa establecido a tres años.

Más información: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=G22741