Publicada una resolución que aclara determinados aspectos de los contratos menores de la Ley de Contratos del Sector Público

Se establece que la limitación temporal, no reflejada en la Ley, que debe transcurrir para no sobrepasar los límites máximos de 15.000 € en caso de prestaciones de servicios o 40.000 € en contratos de obras que no puede realizar un mismo contratista, se ha de referir al ejercicio presupuestario.

La anualidad presupuestaria conecta directamente con la necesaria programación de la contratación pública a desarrollar en un ejercicio presupuestario o períodos plurianuales.

Para conocer el resto de la Instrucción técnica: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-3281