Recordamos que existe la posibilidad de comunicar a la Agencia Tributaria un periodo de 30 días anuales durante los cuales no podrán enviar notificaciones electrónicas.
Para realizar dicha comunicación hay que entrar en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria – Notificaciones electrónicas – Solicitud de días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada.
ASEMAR GESTION pone a su disposición sus servicios de asesoramiento integral para Empresas y Asociaciones.