Objeto de la ayuda:
Ayudas de apoyo a los PROYECTOS EMPRESARIALES de personas emprendedoras y pymes de la Comunitat Valenciana, que irán destinadas a sufragar los gastos corrientes derivados del inicio y de la consolidación de su proyecto empresarial.
Que se subvenciona:
Gastos corrientes estrictamente necesarios generados por la actividad objeto de la subvención, NO pudiendo destinarse a inversiones NI a adquisiciones patrimoniales.
Gastos realizados ENTRE EL 01 de JULIO de 2023 Y EL 31 de MAYO de 2024 y cuyos gastos hayan sido efectivamente PAGADOS entre esas mismas fechas.
Requisitos:
- Ser PERSONA EMPRENDEDORA, entendiendo como tal a las personas físicas (empresarios individuales), O ser una PYME con personalidad jurídica propia, que va a emprender o han emprendido en los últimos cinco años una actividad económica o productiva que ofrezca una ventaja competitiva.
El periodo de cinco años se computará:
– Para el caso de empresarios individuales: desde la fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
– Y para el caso de pymes: desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil de la escritura pública de constitución, o en el registro que corresponda según su naturaleza.
- b) Tener su DOMICILIO SOCIAL en la Comunitat Valenciana.
- c) Que el PROYECTO EMPRESARIAL esté relacionado con algún sector de actividad en auge que ofrezca oportunidades de futuro.
A los efectos de esta convocatoria, se consideran actividades en auge: – Transporte, movilidad sostenible y logística
– Ciberseguridad, servicios digitales, tecnológicos e inteligencia artificial
– Medioambiente, desarrollo sostenible, economía circular y energías renovables
– Agrario y alimentario
– Mundo rural y Smart cities
– Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento
– Turismo y hostelería
– Servicios financieros e inmobiliarios
– Deporte, salud, bienestar y estética
– Economía de los cuidados
– Sector aeroespacial
– Educación
Plazo:
El plazo de presentación de solicitudes será DESDE EL día 10 de JUNIO de 2024 HASTA el día 10 de JULIO de 2024, ambos incluidos
Criterios de valoración:
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, MEDIANTE la COMPARACIÓN de todas las solicitudes admitidas SEGÚN los criterios, puntuaciones y criterios de desempate indicados los ANEXOS I y II de la Resolución de convocatoria.
Cuantía de la ayuda:
- El presupuesto MÍNIMO subvencionable del proyecto empresarial es de 5.000 euros, IVA excluido.
Las solicitudes cuyos presupuestos admitidos como subvencionables no alcancen dicho importe mínimo serán inadmitidas.
- CUANTÍA de la ayuda La cuantía de la subvención se determinará de la siguiente manera:
- Se aplicará el porcentaje del 70 % al total de los gastos que sean considerados como subvencionables.
- El resultado de aplicar el citado porcentaje será la cuantía de la subvención, sin que EN NINGÚN CASO pueda SUPERAR el importe de 15.000 euros, que se establece como límite MÁXIMO de subvención por persona emprendedora o pyme beneficiaria.
Más información: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=G95950