Actualmente la Agencia Tributaria solo se comunica mediante notificaciones telemáticas en sus comunicaciones con sociedades tanto limitadas como anónimas.
Dichas comunicaciones se dan por notificadas transcurridos 10 días desde la notificación, independientemente de que se haya leído o no dicha notificación.
En las próximas fechas navideñas, para evitar sorpresas en los plazos, la Agencia Tributaria permite comunicar 30 días al año durante los cuales no se producirán notificaciones telemáticas.
Mediante el trámite “Solicitud de días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada” podremos seleccionar las fechas en el calendario en los que no se producirán las notificaciones.