Las ayudas para la contratación de trabajadores discapacitados son las siguientes:
- Programa de incentivos a la contratación de trabajadores con discapacidad por empresas ordinarias.
- Ayudas a la contratación temporal.
- La cuantía de las ayudas por contratación temporal a jornada completa, de al menos seis meses de duración, podrá alcanzar los 2.000 euros en función del grado de discapacidad del trabajador contratado:
- a) En el caso de trabajadores con una discapacidad física o sensorial de al menos un 33 por ciento, la ayuda ascenderá a 1.200 euros.
- b) En el caso de trabajadores con una discapacidad física o sensorial superior al 33 por ciento e inferior al 65 por ciento, la ayuda ascenderá a 1.500 euros.
- c) En el caso de trabajadores con una discapacidad psíquica igual o superior al 33 por ciento, o física y sensorial igual o superior al 65 por ciento, la ayuda ascenderá a 2.000 euros.
- Los contratos a tiempo parcial serán subvencionables si tienen una jornada de al menos 20 horas semanales, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.
- La intensidad de la ayuda no superará el 75 por ciento de los costes subvencionables.
- Ayudas para la adaptación del puesto de trabajo
- La adaptación del puesto de trabajo o la adquisición de equipos suplementarios de protección personal que prevengan accidentes laborales del trabajador con discapacidad contratado, así como la eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo podrán subvencionarse con una ayuda de hasta 902 euros por trabajador, siempre que la duración del contrato sea de 12 meses como mínimo.
- Los bienes y/o inversiones subvencionados deberán destinarse al fin para el que se concedió la ayuda durante un periodo de al menos 18 meses, para contrataciones indefinidas o de 12 meses para contrataciones temporales.
- Programa de incentivos a la contratación indefinida a través de enclaves laborales
- Subvención de 7.814 euros por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada. Esta subvención podrá ser destinada por la empresa colaboradora, total o parcialmente, a servicios de apoyo del trabajador. La intensidad de la ayuda no superará el 75 por ciento de los costes subvencionables.
- Subvención por adaptación del puesto de trabajo y eliminación de barreras u obstáculos Esta subvención, compatible con la anterior ayuda, que podrá alcanzar los 902 euros por trabajador con discapacidad contratado, destinada a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales al trabajador con discapacidad contratado, o eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de los trabajadores con discapacidad. Si esta ayuda no fuese solicitada por la empresa, podrá ser solicitada por el propio trabajador.
ASEMAR GESTION pone a su disposición sus servicios de asesoramiento integral para Empresas y Asociaciones para la gestión de estas ayudas.