Ayudas de fomento de empleo estable para discapacitados

Las ayudas para la contratación de trabajadores discapacitados son las siguientes:

  1. Programa de incentivos a la contratación de trabajadores con discapacidad por empresas ordinarias.
  2. Ayudas a la contratación temporal.
  3. La cuantía de las ayudas por contratación temporal a jornada completa, de al menos seis meses de duración, podrá alcanzar los 2.000 euros en función del grado de discapacidad del trabajador contratado:
  4. a) En el caso de trabajadores con una discapacidad física o sensorial de al menos un 33 por ciento, la ayuda ascenderá a 1.200 euros.
  5. b) En el caso de trabajadores con una discapacidad física o sensorial superior al 33 por ciento e inferior al 65 por ciento, la ayuda ascenderá a 1.500 euros.
  6. c) En el caso de trabajadores con una discapacidad psíquica igual o superior al 33 por ciento, o física y sensorial igual o superior al 65 por ciento, la ayuda ascenderá a 2.000 euros.
  7. Los contratos a tiempo parcial serán subvencionables si tienen una jornada de al menos 20 horas semanales, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.
  8. La intensidad de la ayuda no superará el 75 por ciento de los costes subvencionables.
    1. Ayudas para la adaptación del puesto de trabajo
  9. La adaptación del puesto de trabajo o la adquisición de equipos suplementarios de protección personal que prevengan accidentes laborales del trabajador con discapacidad contratado, así como la eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo podrán subvencionarse con una ayuda de hasta 902 euros por trabajador, siempre que la duración del contrato sea de 12 meses como mínimo.
  10. Los bienes y/o inversiones subvencionados deberán destinarse al fin para el que se concedió la ayuda durante un periodo de al menos 18 meses, para contrataciones indefinidas o de 12 meses para contrataciones temporales.
  11. Programa de incentivos a la contratación indefinida a través de enclaves laborales
  12. Subvención de 7.814 euros por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada. Esta subvención podrá ser destinada por la empresa colaboradora, total o parcialmente, a servicios de apoyo del trabajador. La intensidad de la ayuda no superará el 75 por ciento de los costes subvencionables.
  13. Subvención por adaptación del puesto de trabajo y eliminación de barreras u obstáculos Esta subvención, compatible con la anterior ayuda, que podrá alcanzar los 902 euros por trabajador con discapacidad contratado, destinada a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales al trabajador con discapacidad contratado, o eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de los trabajadores con discapacidad. Si esta ayuda no fuese solicitada por la empresa, podrá ser solicitada por el propio trabajador.

ASEMAR GESTION pone a su disposición sus servicios de asesoramiento integral para Empresas y Asociaciones para la gestión de estas ayudas.