Cuantías de las ayudas:
La fundación concederá ayudas de 2.700 euros, distribuidos en 9 mensualidades de 300 euros, si se realiza un contrato a media jornada.
Y en caso de formalizarse un contrato a jornada completa, 4.500 euros, que se distribuirán en 9 mensualidades por un valor de 500 euros.
Requisitos:
La ayuda se concederá por la realización de un contrato laboral a un trabajador que haya estado inscrito como demandante de empleo al menos dos meses.
Cada empresa solo podrá solicitar una ayuda, tendrán preferencia las empresas que no hayan sido beneficiarias en anteriores convocatorias.
Se aceptan todas las modalidades de contratos (incluido el contrato de formación y aprendizaje), excepto los contratos por obra y servicio y de autoempleo, si bien, tendrán preferencia los contratos indefinidos.
Los contratos tendrán una duración mínima de 9 meses, y podrán ser de media jornada o jornada completa, pero en ningún caso por jornada inferior a 20 horas semanales.
La empresa deberá estar al corriente con Seguridad Social y demás Administraciones Públicas y no haber despedido a ningún trabajador desde el 1 de noviembre de 2017.
Bajas del trabajador:
En el caso de que el trabajador ya no esté en la empresa, independientemente del motivo, la ayuda se cancelará, no siendo posible la sustitución de éste. Sólo se abonará la ayuda por el tiempo trabajado.
En el caso de baja IT, se suspenderá temporalmente el abono de la ayuda hasta que el trabajador se reincorpore de la baja en un plazo inferior a 2 meses. Si fuese superior a dicho periodo, se cancelará la ayuda, dejando de percibir las cantidades que quedasen pendientes.
Plazos para solicitar la ayuda:
Estas ayudas se podrán solicitar desde el 30 de enero hasta el 16 de julio de 2019 o hasta fin de fondos.
La ayuda se tendrá que solicitar antes de los 90 días naturales desde la fecha de inicio del contrato.