Ayudas de hasta 13.000 euros por contratar de forma ininterrumpida durante 24 meses a personas pertenecientes a colectivos desfavorecidos

Se subvenciona  la contratación a jornada completa, durante al menos veinticuatro meses, de las personas desempleadas que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

Personas desfavorecidas:
a) Personas que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 6 meses previos.
b) Jóvenes entre 16 y 24 años.
c) Personas mayores de 50 años.

Personas muy desfavorecidas:
a) Personas que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 24 meses previos.
b) Jóvenes entre 16 y 24 años y personas mayores de 50 años que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 12 meses previos.

Resultará objeto de subvención la contratación ininterrumpida durante al menos veinticuatro meses (mediante uno o varios contratos), a jornada completa, de las personas desempleadas pertenecientes al colectivo de personas desfavorecidas o al colectivo de personas muy desfavorecidas. En el caso de las personas con diversidad funcional severa, resultarán subvencionables las contrataciones que, con independencia del porcentaje que represente sobre la jornada habitual, tengan una jornada de al menos 15 horas semanales.

Las personas destinatarias finales deberán haber permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación hasta su contratación.

Condiciones:
1. Las solicitudes que se presenten deberán incluir al menos 20 contratos subvencionables.
2. Las contrataciones deberán haberse iniciado a partir del 1 de enero de 2021.
3. La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los 12 meses anteriores a la celebración del contrato, o su mantenimiento cuando el puesto hubiera quedado vacante a raíz de la dimisión del trabajador, de su discapacidad, de su jubilación por motivos de edad, de la reducción voluntaria del tiempo de trabajo o de su despido disciplinario procedente y no de resultas de su despido.
4. Para resultar subvencionables, los contratos temporales o sus prórrogas deberán reflejar que la contratación se extenderá al menos durante veinticuatro meses o transformarse en indefinidos antes de presentar la solicitud.

 

Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro

El importe de la subvención será el resultado de multiplicar el 45% del salario mínimo interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación (en el caso de personas con diversidad funcional o de mujeres, el porcentaje se eleva al 50%) por:
a) en el caso de personas trabajadoras desfavorecidas: 5.985 euros; si concurre adicionalmente la condición de mujer o diversidad funcional, 6.650 euros.
b) en el caso de personas muy desfavorecidas: 11.970 euros; si concurre adicionalmente la condición de mujer o diversidad funcional, 13.300 euros.
Los contratos de al menos 15 horas semanales de las personas con diversidad funcional severa resultarán subvencionables con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.
La liquidación de las ayudas se efectuará una vez justificadas con la documentación presentada junto a la solicitud las condiciones establecidas, y se librará de una sola vez el importe de la ayuda después de que se dicte la resolución de concesión.

Plazo de presentación

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el 7 de septiembre de 2021 y finalizará el 20 de octubre de 2021 (DOGV nº 9167 de 06/09/2021)

Enlace al trámite: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=21980&version=amp