Ayudas de hasta 30.000 euros por la contratación indefinida de personas pertenecientes a colectivos vulnerables

Publicada la convocatoria de ayudas que subvenciona la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas desempleadas pertenecientes a alguno de los siguientes colectivos vulnerables:  

  1. a) Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública. 
  2. b) Personas desempleadas de larga duración 
  3. c) Personas mayores de 50 años. 
  4. d) Personas con diversidad funcional 
  5. e) mujeres víctimas de violencia de género 
  6. f) mujeres víctimas de violencia sexual 
  7. g) mujeres víctimas de trata 
  8. h) mujeres cabezas de familia monomarental

 

Plazo de solicitud: 

El plazo para presentar las solicitudes se iniciará el 2 de marzo de 2023.  

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 31 de mayo de 2023. 

 

Cuantía de la subvención: 

El importe de la subvención será 27.216 euros.  

Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional, el importe será de 28.728 euros.  

Si en la persona contratada concurre la condición de víctima de violencia sobre la mujer o la de persona con diversidad funcional severa el importe será de 30.240 euros.  

Los contratos a jornada parcial de las personas con diversidad funcional severa resultarán subvencionables con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda (contratos de al menos 15 horas semanales). 

 

Requisitos para las empresas: 

1º. La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato, o su mantenimiento cuando las variaciones de la plantilla deriven de la voluntad de las personas trabajadoras, discapacidad sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora. 

2º. Los contratos a jornada parcial de personas con diversidad funcional severa deberán recoger expresamente en su clausulado el número de horas semanales de trabajo. 

3º. Mantener el empleo creado durante al menos veinticuatro meses. 

4º. Durante el periodo de mantenimiento del contrato subvencionado, no podrá disminuir la plantilla media de la entidad empleadora de las personas trabajadoras en situación de alta en la entidad beneficiaria, salvo que esta situación responda a la voluntad de las personas trabajadoras, muerte, discapacidad sobrevenida, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora. 

 

 Exclusiones: 

1º. Contratos que tengan un periodo de prueba igual o superior a 2 meses; los contratos fijos discontinuos y los contratos de servicio del hogar familiar. 

2º. Contratos a tiempo parcial, salvo en el caso de las personas con diversidad funcional severa cuya jornada podrá ser de al menos 15 horas semanales. 

3º. Personas trabajadoras que hubieran finalizado su relación laboral con la entidad empleadora en los seis meses previos a la contratación.