Suspensión de las notificaciones telemáticas durante la navidad

Actualmente la Agencia Tributaria solo se comunica mediante notificaciones telemáticas en sus comunicaciones con sociedades tanto limitadas como anónimas.


Dichas comunicaciones se dan por notificadas transcurridos 10 días desde la notificación, independientemente de que se haya leído o no dicha notificación.


Durante estas navidades, para evitar sorpresas en los plazos, la Agencia Tributaria permite comunicar 30 días al año durante los cuales no se producirán notificaciones telemáticas.


Mediante el trámite “Solicitud de días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada” podremos seleccionar las fechas en el calendario en los que no se producirán las notificaciones.

Hasta el 31 de diciembre los autónomos pueden solicitar modificar su base de cotización

Los autónomos pueden modificar su base de cotización, dentro de las bases máximas y mínimas que tengan establecidas para cada caso hasta el día 31 de diciembre.

Los efectos económicos surgirán a partir del 1 de enero.

Recordamos que se pueden modificar hasta en cuatro ocasiones diferentes del año las bases de cotización:

a) 1 de abril, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 31 de marzo.

b) 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de abril y el 30 de junio.

c) 1 de octubre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.

d) 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.

Publicada la orden de módulos 2019

La orden de módulos 2019 (Estimación Objetiva) no ha introducido cambios sustanciales respecto a la de los últimos años, manteniéndose los límites de volumen de ingresos, de facturación y compras que existen desde hace varios ejercicios.

Por lo que se pospone un año más la reducción de dichos límites.

El plazo para renunciar al sistema de módulos (estimación objetiva) finaliza el próximo 31 de diciembre.

Descargar oden de módulos 2019.

Instrucción de la Inspección de Trabajo sobre control de tiempo de trabajo y horas extras

La Inspección de Trabajo ha puesto en marcha un plan para intensificar el control del tiempo efectivo de trabajo y la realización de horas extras.

En dicha Instrucción se indica cual es la documentación que debe tener la empresa para cumplir con la normativa vigente y que aspectos debe comprobar el inspector en sus visitas (tanto de entrevistas con los trabajadores, comprobación documental o consultas a los representantes de los trabajadores).

Descargar instrucción de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.

Recordemos que actualmente las empresas tienen la obligación de registrar la jornada de trabajo de todos los empleados de la empresa, independientemente de si la jornada del trabajador es a tiempo completo o a tiempo parcial.

Para facilitar dicho control dispone de los siguientes documentos que le facilitarán la gestión:

Documento control horario.

Si desea complementar más información sobre estas obligaciones:

Conozca las obligaciones para los contratos a tiempo completo.

Conozca las obligaciones para los contratos a tiempo parcial.

La Inspección de Trabajo se pone seria con las horas extras. (Fuente: Cinco Días)

ASESORÍA INTEGRAL DE EMPRESAS Y ASOCIACIONES

ASEMAR GESTIÓN es una asesoría / consultoría especializada en el asesoramiento integral de Empresas y Asociaciones.

Ofrecemos servicios de alto valor añadido en el ámbito de la consultoría Fiscal, Jurídico Laboral, Contable y de Dirección y Gestión.

Para prestar dichos servicios contamos con profesionales altamente cualificados y al día de la normativa vigente, para que así pueda aprovechar al máximo todos los beneficios fiscales, laborales y contables.

Nuestro objetivo es ofrecerle un servicio de asesoramiento integral para que pueda tomar en cada momento la decisión más beneficiosa para su Empresa o Asociación. Además nuestros servicios son interdependientes, lo que genera ventajas competitivas por las sinergias creadas.

Ofrecemos cercanía y contacto permanente como colaboradores externos, alineándonos con sus objetivos, actuando en todo momento de forma profesional y objetiva en nuestras valoraciones y diagnósticos. Dispondrá de servicios que van más allá del cumplimiento de la normativa legal, aportando valor añadido en su toma de decisiones.

Festivos 2014 en Alicante

Los días festivos en Alicante para el 2014 son los siguientes:

1 de enero, 6 de enero, 19 de marzo, 18 de abril, 21 de abril, 1 de mayo, 15 de agosto, 9 de octubre, 1 de noviembre, 6 de diciembre, 8 de diciembre y 25 de diciembre.

Los días festivos en la ciudad de Alicante serán el 23 y 24 de junio.

 ASEMAR GESTION pone a su disposición sus servicios de asesoría integral para empresas y asociaciones.

Libre circulación para trabajadores rumanos desde el 1 de enero de 2014

Libre circulación para trabajadores rumanos desde el 1 de enero de 2014

19 enero, 2014

A partir del 1 de enero de 2014 los nacionales de Rumanía no necesitan autorización de trabajo para el ejercicio de actividades laborales por cuenta ajena, siéndoles de aplicación, así como a sus familiares que sean beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, el régimen previsto en España para los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea, de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza, establecido en el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

ASEMAR GESTION le ofrece sus servicios de asesoría integral para empresas y Asociaciones.

Seguro obligatorio para trabajadores por Convenio Colectivo

Seguro obligatorio para trabajadores por Convenio Colectivo

25 octubre, 2013

Muchas empresas están obligadas a suscribir un seguro privado que cubra determinadas contingencias para sus trabajadores ya que así lo establece su Convenio Colectivo de aplicación.

Es muy importante suscribir dicho seguro, ya que si ocurriera alguna de las contingencias que detalla el Convenio Colectivo, responde directamente la empresa de las indemnizaciones que puedan corresponder.

Estas contingencias normalmente son las de Incapacidad Permanente, Total, Absoluta, Gran Invalidez y Muerte.

Algunos de los Convenios Colectivos que regulan este beneficio social para sus trabajadores son: Convenio Colectivo Laboral Autonómico de Centros y Servicios de Atención a Personas Discapacitadas de la Comunitat Valenciana, Convenio Colectivo provincial del comercio metal, Convenio Colectivo de ámbito provincial de Comercio de Vidrio y Cerámica, Convenio Colectivo para Empresas de Atención Especializada en el ámbito de la Familia, Infancia y Juventud, en la Comunidad Valenciana, Convenio colectivo de enseñanza y formación no reglada, Convenio Colectivo para Entidades de Carácter Social de la Comunidad Valenciana, Convenio Colectivo de ámbito provincial de industrias de hostelería, Convenio Colectivo de ámbito provincial de industria siderometalúrgica, Convenio colectivo general de trabajo de la industria textil y de la confección, Convenio colectivo estatal de jardinería, Convenio colectivo marco estatal de ocio educativo y animación sociocultural.

Este listado no es cerrado, ya que existen muchos más Convenios Colectivos que regulan dicha obligación por lo que en caso de duda puede contactar con ASEMAR GESTION y le informaremos si su Convenio Colectivo de aplicación le obliga a suscribir un seguro privado.

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