Modificación de los periodos de cotización en trabajadores a tiempo parcial. En vigor a partir del 1 de octubre de 2023.
Desde el 1 de octubre de 2023 se computará por días de alta con independencia de la jornada de cada día a efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, y nacimiento y cuidado de menor.