Debido a la no convalidación del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, con fecha de efectos del 23 de enero dejará de estar en vigor la deducción fiscal derivada de la libertad de amortización inversiones en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica que utilicen energía procedente de fuentes renovables así como por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga