Finaliza el plazo para solicitar las ayudas dirigidas a emprendedores

El día 20 de Septiembre finaliza el plazo para presentar las ayudas del Servef para nuevos emprendedores.

Se subvenciona al desempleado que se constituya como autónomo hasta el 20 de septiembre con las siguientes cuantías:

4.000 euros desempleados en general

5.000 euros jóvenes desempleados de hasta 30 años.

6.000 euros para mujeres desempleadas.

7.000 euros para desempleados con discapacidad

9.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad.

También se incrementa la ayuda en 1.000 euros si la actividad a desarrollar está vinculada a sectores emergentes.

Se tendrá que acreditar un gasto mínimo de 4.000 euros tanto en inversiones como en gastos de adquisición de mercaderías, honorarios o publicidad.

Requisito: mantenimiento de la actividad durante tres años.

ASEMAR GESTION pone a su disposición sus servicios de asesoramiento integral para Empresas y Asociaciones para la gestión de estas ayudas.

Ampliados los beneficios del plan PIMA aire para mejorar la calidad del aire y luchar contra el cambio climático

El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación de la norma que regula las ayudas del Plan de Impulso al Medio Ambiente (PIMA Aire) para ampliar los beneficiarios y las categorías de vehículos incluidos en esta iniciativa.

El objetivo del PIMA Aire es la mejora de la calidad del aire y la lucha contra el cambio climático mediante la renovación de vehículos comerciales y turismos para empresas y su sustitución por otros modelos más eficientes y de menor impacto medioambiental.

Este Plan, que cuenta con una dotación de 38 millones de euros, constituye una iniciativa pionera en Europa y forma parte de un conjunto de medidas más amplias para mejorar el medio ambiente.

Los cambios aprobados hoy permitirán que a partir de ahora se incorporen al PIMA Aire, además de los vehículos comerciales, los turismos con una novedad en el límite de precio máximo, que se sitúa en 30.000 euros antes de impuestos. Este requisito no es de aplicación a las ayudas destinadas a la adquisición de vehículos eléctricos puros, híbridos enchufables y de autonomía extendida. Asimismo, se prevé que sean beneficiarios de las ayudas las comunidades de bienes.

Con la modificación de varios artículos del Real Decreto de 8 de febrero de 2013, que regula la concesión directa de ayudas del PIMA Aire, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente refuerza su apuesta por mejorar la calidad del aire y lucha contra el cambio climático, al tiempo que ayuda a que España, primer fabricante continental de este tipo de vehículos, se consolide como uno de los mercados más eficientes energéticamente y con menor impacto ambiental.

Con este Plan, el objetivo es reducir de manera significativa las emisiones de gases contaminantes y de CO2 en las grandes ciudades.

Los principales beneficiarios de esta iniciativa serán los profesionales autónomos y las empresas, a quienes se incentivará para que sustituyan sus vehículos por otros más eficientes.25

Para ser beneficiario de estas ayudas se deberán achatarrar cualquier vehículo turismo o comercial con una antigüedad de más de siete años. La cuantía de las ayudas ascenderá a mil euros por vehículo, en el caso de los menores de 2.500 kilos, y de dos mil euros, para los de más de 2.500 kilos.

Plan PIVE 3 – Programa de incentivos a la compra de vehículos eficientes

Las características más importantes de dicho plan son los siguientes:

Tiene por objetivo la sustitución de 70.000 turismos y comerciales ligeros y favorecer la compra de vehículos con menores consumos de combustible.

Se apoyará la compra con hasta 3.000 euros (como mínimo, 2.000 euros), al igual que en el plan anterior, aportados a partes iguales por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo (como mínimo 1.000 euros) y por el fabricante o punto de venta (como mínimo 1.000 euros).

Para el caso de familias numerosas y exclusivamente para vehículos con más de cinco plazas, se eleva la ayuda pública a 1.500 euros, así como el descuento que ha de aplicar el punto de venta, con lo que resulta una cuantía para los beneficiarios de al menos 3.000 euros

El Plan PIVE 3 estará vigente desde el 28 de julio de 2013 y tendrá una vigencia de un año de duración o hasta el agotamiento de los fondos.

Podrán beneficiarse de las ayudas del Plan PIVE-3 particulares, profesionales autónomos, microempresas y PYMES.

El beneficiario obtendrá la subvención directamente mediante el descuento correspondiente en el punto de adquisición del nuevo vehículo

Ya se puede consultar el nuevo plan para erradicar la morosidad

Los proveedores con facturas pendientes de la Administración ya pueden consultar si están incluidos en el nuevo plan para erradicar la morosidad, que en su primer tramo está destinado a pagar obligaciones pendientes de conciertos sanitarios, educativos y de servicios sociales, convenios de colaboración, transferencias al Tercer Sector, subvenciones a centro tecnológicos, proveedores de universidades y transferencias a Entidades locales con proveedores pendientes de pago. Concluido el plazo, el pasado 19 de julio, para la remisión de relaciones certificadas por las entidades locales de obligaciones pendientes de pago y realizadas las comprobaciones pertinentes por el Ministerio, 3.843 entidades locales han remitido deudas por importe de 1.955 millones de euros, correspondientes a 424.181 facturas y 52.028 proveedores.

Para más información:

http://www.aeat.es/AEAT.internet/Inicio/_otros_/Pago_a_proveedores/Pago_a_proveedores.shtml

ASEMAR GESTION pone a su disposición sus servicios de asesoramiento integral para Empresas y Asociaciones.

Solicitud días de cortesía para notificaciones electrónicas

Recordamos que existe la posibilidad de comunicar a la Agencia Tributaria un periodo de 30 días anuales durante los cuales no podrán enviar notificaciones electrónicas.

Para realizar dicha comunicación hay que entrar en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria – Notificaciones electrónicas – Solicitud de días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada.

ASEMAR GESTION pone a su disposición sus servicios de asesoramiento integral para Empresas y Asociaciones.

Convocatorias Planes Integrales de Empleo

Se han publicado las convocatorias de los Planes Integrales de Empleo.

ASEMAR GESTION pone a su disposición sus servicios de asesoramiento integral para Asociaciones para la gestión de estas ayudas.

D.O.C.V. – 25/07/2013
CONSELLERÍA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA, TURISMO Y EMPLEOORDEN 28/2013, de 19 de julio, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la implantación de planes integrales de empleo con apoyo para personas desempleadas con discapacidad, para el periodo 2013-2014.

 

D.O.C.V. – 25/07/2013
CONSELLERÍA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA, TURISMO Y EMPLEOORDEN 29/2013, de 19 de julio, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la implantación de planes integrales de empleo para desempleados mayores de 45 años que tengan la condición de parados de larga duración, para el periodo 2013-2014.

III edición del premio de investigación social Rafael Altamira

La Excma. Diputación de Alicante ha presentado la III Edición del Premio de Investigación Social Rafael Altamira.  Este reconocimiento se destina a aquellas personas,  mayores de edad, que dotadas de talento, estén involucradas en proyectos de investigación sobre fenómenos y situaciones nuevas que generan necesidades sociales relevantes.

Investigadores que favorecen con sus aportaciones a la integración de personas en riesgo de exclusión e impulsan el desarrollo de nuevas oportunidades ayudando a mejorar el servicio de los Ayuntamientos y otras instituciones de la Provincia de Alicante.

Existen tres categorías de premio, primero y segundo. Además de un accésit destinado a premiar los estudios realizados por jóvenes que no hayan cumplido los treinta años.

Se puede consultar toda la información en la página web www.premiosrafaelaltamira.es

¿Qué hacer en caso de tener pensado transformar a indefinido un contrato eventual en los próximos meses?

En el caso de que en los próximos meses se haya planificado convertir un contrato de duración determinada en indefinido puede ser interesante valorar su transformación con fecha de efectos anterior al 22 de Julio.

El motivo es que hasta dicha fecha se podrá solicitar la subvención del Servef por transformación de contratos de duración determinada en indefinida de jóvenes menores de 30 años.

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Nuevo plan de pagos de la administración pública (Comunidades Autónomas y Ayuntamientos) y universidad

Se ha articulado un nuevo plan de pagos para las Comunidades Autónomas, Ayuntamientos y Universidades.

Como novedad se incluyen las subvenciones y conciertos.

Remitimos los aspectos más destacados de dicho plan de pagos.

1º. Deudas contraídas antes del 31 de mayo de 2013.

2º. Qué tipo de deudas se incluyen:

a) Los contratos de obras, concesión de obras públicas, gestión de servicios públicos, también en su modalidad de concesión, incluyendo la subvención que se hubiere pactado a cargo de las Comunidades Autónomas o Entidades Locales, servicios, suministros, de colaboración entre el sector público y el sector privado, y los contratos privados de creación e interpretación artística y literaria o espectáculos, de acuerdo con lo previsto en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

b) Los contratos previstos en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

c) Contratos de arrendamiento sobre bienes inmuebles.

d) Subvenciones otorgadas en el marco de la contratación pública, en concepto de bonificación de las tarifas pagadas por los usuarios por la utilización de un bien o servicio, en la parte financiada por la Comunidad Autónoma o Entidad Local.

e) Conciertos suscritos en materia sanitaria, educativa y de servicios sociales, incluidos los suscritos con una entidad pública que no se encuentre incluida en la definición de Comunidad Autónoma ni Entidad Local en el ámbito de sus respectivos subsectores.

f) Convenios de colaboración, siempre que su objeto sea la realización de actuaciones determinadas a cambio de una contraprestación.

g) Encomiendas de gestión en las que la entidad encomendada tenga atribuida la condición de medio propio y servicio técnico de la Administración y no se encuentre incluida en la definición de Comunidad Autónoma ni Entidad Local en el ámbito de sus respectivos subsectores.

h) Concesiones administrativas.

i) Indemnizaciones por expropiaciones reconocidas por resolución judicial firme por el concepto ya liquidado judicialmente, siempre que la Administración sea la beneficiaria de la expropiación.

j) Transferencias de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales a asociaciones e instituciones sin fines de lucro y con fines sociales que desarrollen sus actividades principalmente en el ámbito de los colectivos a los que aluden los artículos 39, 49 y 50 de la Constitución española. Estas obligaciones de pago lo serán hasta el límite de las obligaciones pendientes de pago por parte de la Comunidad Autónoma o la Entidad Local, a 31 diciembre de 2012, a las citadas entidades.

k) Las subvenciones para la realización de actividades de investigación, desarrollo e innovación de las entidades inscritas en el Registro de Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación del Ministerio de Economía y Competitividad otorgadas por las Comunidades Autónomas.

3º. Entidad pagadora: el ICO.

4º. Plazos:

a) Hasta el 19 de julio de 2013, la Comunidad Autónoma deberá enviar por vía telemática y con firma electrónica al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas una relación certificada por el Interventor General de la Comunidad Autónoma en la que figuren las obligaciones mencionadas en el artículo 3.

b) Hasta el 24 de julio de 2013, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas realizará comprobaciones sobre la relación remitida por las Comunidades Autónomas y se subsanarán los errores detectados.

c) Desde el 25 de julio hasta el 6 de septiembre de 2013, los proveedores podrán consultar esta relación y aceptar, en su caso, el pago de la deuda a través de este mecanismo.

d) Aquellos proveedores no incluidos en la relación inicial, podrán solicitar hasta el 6 de septiembre de 2013 a la Comunidad Autónoma deudora la emisión de un certificado individual de reconocimiento de la existencia de obligaciones pendientes de pago, que reúnan los requisitos previstos en el artículo 3, a cargo a la Comunidad Autónoma. La solicitud de este certificado implica la aceptación del proveedor en los términos señalados en el apartado anterior.

e) El certificado individual se expedirá por el Interventor General de la Comunidad Autónoma en el plazo de diez días hábiles desde la presentación de la solicitud, considerándose a estos efectos inhábil el mes de agosto. En el caso de que no se hubiera contestado la solicitud en plazo se entenderá rechazada.

f) Hasta el 20 de septiembre de 2013, el Interventor General de la Comunidad Autónoma comunicará al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por vía telemática y con firma electrónica, una relación completa certificada de las facturas, que cumpliendo los requisitos previstos en este título I del Real Decreto-ley, hayan sido aceptadas por los proveedores.

g) La Comunidad Autónoma permitirá a los proveedores consultar su inclusión en esta información actualizada y en caso de estar incluidos podrán conocer la información que les afecte con respeto a la normativa de protección de datos de carácter personal.
Para los ayuntamientos los plazos difieren:

1. Hasta el 19 de julio de 2013, el interventor de la Entidad Local deberá enviar por vía telemática y con firma electrónica al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas una relación certificada en la que figuren las obligaciones mencionadas en el artículo 3, de la que aquél estará obligado a informar al Pleno de la respectiva corporación. En dicha relación se especificará la aplicación presupuestaria y el tipo de relación jurídica, incluyendo, en su caso, la modalidad contractual, de la que se deriva la obligación incluida en la mencionada relación.

2. Desde el 25 de julio de 2013 hasta el 6 de septiembre de 2013, los proveedores podrán consultar aquella relación y aceptar, en su caso, el pago de la deuda a través de este mecanismo.

3. Aquellos proveedores no incluidos en la relación inicial, podrán solicitar hasta el 6 de septiembre de 2013 a la Entidad Local deudora la emisión de un certificado individual de reconocimiento de la existencia de obligaciones pendientes de pago, que reúnan los requisitos previstos en el artículo 3, a cargo de la Entidad Local. La solicitud de este certificado implica la aceptación del proveedor en los términos señalados en el apartado anterior.

4. El certificado individual se expedirá por el interventor de la Entidad Local en el plazo de diez días hábiles desde la presentación de la solicitud, considerándose a estos efectos inhábil el mes de agosto. En el caso de que no se hubiera contestado la solicitud en plazo se entenderá rechazada.

5. Hasta el 20 de septiembre de 2013 el Interventor comunicará al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por vía telemática y con firma electrónica, una relación completa certificada de las facturas, que cumpliendo los requisitos previstos en este título I del Real Decreto-ley, hayan sido aceptadas por los proveedores, incluyendo las solicitudes aceptadas de certificados individuales.

6. Las Entidades Locales permitirán a los proveedores consultar su inclusión en la información actualizada, con respeto a la normativa de protección de datos de carácter personal.

ASEMAR GESTION pone a su disposición sus servicios de asesoramiento integral para Empresas y Asociaciones.