Para el 2019 se reconocen como días inhábiles para la Administración General del Estado:
a) En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no han ejercido la facultad de sustitución.
b) En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
c) En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.
Los festivos serán los siguientes (faltarían los dos festivos locales):
Enero:
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 7: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de Canarias, de Extremadura, de la Región de Murcia, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
Febrero:
Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Marzo:
Día 1: Inhábil en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Día 19: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, así como en la Comunitat Valenciana y en la Comunidad Foral de Navarra.
Abril:
Día 18: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Illes Balears, de Canarias, de Cantabria, de Castilla-La Mancha, de Extremadura, de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, de La Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
Día 19: Inhábil en todo el territorio Nacional
Día 22: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears, de Cantabria, de Castilla-La Mancha, de Cataluña, del País Vasco, de La Rioja, así como en la Comunitat Valenciana y en la Comunidad Foral de Navarra.
Día 23: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Aragón y en la Comunidad de Castilla y León.
Mayo:
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 2: Inhábil en la Comunidad de Madrid.
Día 17: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Día 30: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Día 31: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Junio:
Día 10: Inhábil en las Comunidades Autónomas de la Región de Murcia y de La Rioja.
Día 20: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Día 24: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña y en la Comunitat Valenciana.
Julio:
Día 25: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Cantabria, de Galicia y del País Vasco.
Agosto:
Día 12: Inhábil en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
Día 15: Inhábil en todo el territorio nacional.
Septiembre:
Día 2: Inhábil en la Ciudad de Ceuta.
Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias y de Extremadura.
Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Octubre:
Día 9: Inhábil en la Comunitat Valenciana.
Día 12: Inhábil en todo el territorio nacional.
Noviembre:
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Diciembre:
Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de Cantabria, de Extremadura, de La Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid y en la Ciudad de Melilla.
Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 26: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears y de Cataluña.