El próximo 15 de abril se inicia la campaña para solicitar el Bonus por reducción de siniestrabilidad

A partir del próximo 15 de abril y hasta el 31 de mayo (ambos inclusive) podrá solicitar el incentivo Bonus para su empresa. Este incentivo, dirigido a organizaciones que hayan contribuido de manera eficaz y contrastable a la reducción de la siniestralidad laboral, permite la devolución de hasta un 10% de sus cotizaciones a la Seguridad Social por contingencias profesionales.

Se pueden beneficiar las empresas que:

a) Hayan cotizado a la Seguridad Social durante el periodo de observación con un volumen total de cuotas por contingencias profesionales superior a 5.000 euros o haber alcanzado un volumen de cotización por contingencias profesionales de 250 euros en un periodo de observación de cuatro ejercicios. En todo caso, estas cotizaciones se obtendrán y serán las que consten en las bases de datos de la Seguridad Social.

b) Se encuentre en el período de observación por debajo de los límites que se establezcan respecto de los índices de siniestralidad general y siniestralidad extrema

c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de cotización a la Seguridad Social a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d) Cumplir las obligaciones de prevención de riesgos laborales como:

Integración de la prevención, estructura organizativa, responsabilidades y funciones.

Procedimientos para la gestión integrada de la prevención

Evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva

Vigilancia de la salud

Información sobre la existencia de representación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.

Cuantía del incentivo: La cuantía del incentivo será del 5 por ciento del importe de las cuotas por contingencias profesionales de cada empresa correspondientes al periodo de observación. Se suprime obligación de realizar inversiones en prevención, excepto si se quiere ser beneficiario del 5% adicional que se detalla a continuación.

Cuando exista inversión por parte de la empresa en alguna de las acciones complementarias de prevención de riesgos laborales (recursos preventivos, auditorias externas, planes de movilidad vial, inversiones en EPI, formación en PRL) se reconocerá un incentivo adicional del 5 por ciento de las cuotas por contingencias profesionales con el límite máximo del importe de dichas inversiones complementarias.

Presentación y tramitación de las solicitudes: Desde el 15 de abril al 31 de mayo