Hasta el 31 de mayo se pueden solicitar las ayudas de hasta 28000 euros para la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas (AVALEM JOVES)

Que se subvenciona:

La contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas jóvenes cualificadas, que figuren inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

 

 

Quien puede solicitar la ayuda:

Las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana, excepto las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones subvencionables.

 

Requisitos de los trabajadores que se contraten:

Personas jóvenes mayores de 16 años que, contando con una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo, figuren inscritas como beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

Se entenderá que la persona joven cuenta con una cualificación profesional en los términos establecidos en el apartado anterior cuando se encuentre en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:

  1. a) Licenciatura o Diplomatura universitaria, Ingeniería Superior o Técnica, Arquitectura o Arquitectura Técnica.
  2. b) Grado universitario.
  3. c) Estudios de Postgrado universitario.
  4. d) Doctorado.
  5. e) Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional Reglada, de la formación profesional específica.
  6. f) Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores, sin que tengan tal consideración los títulos de Educación Secundaria Obligatoria ni de Bachillerato. g) Certificado de profesionalidad.

 

Tipo de contrato a formalizar:

La contratación indefinida inicial a jornada completa y deberá existir una correspondencia entre la titulación de la persona joven y el puesto de trabajo desempeñado, que deberá tener una adecuación al nivel de estudios cursados y al grupo de cotización que corresponda a este nivel.

 

Cuantía de la subvención:

  1. a) Mujer o persona con diversidad funcional: 26.600 euros.
  2. b) Persona con diversidad funcional severa; de una persona joven que se encuentre bajo la guarda o la tutela de la Generalitat, o cumpliendo una medida judicial derivada de la responsabilidad penal de personas menores de edad, o que haya permanecido en alguna de estas dos situaciones, en algún período, durante los tres años anteriores a la mayoría de edad; o de una joven mujer víctima de la violencia sobre la mujer: 28.000 euros.
  3. c) Resto de casos: 25.200 euros.

 

 

Requisitos para la empresa:

1º. La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato, o su mantenimiento cuando el puesto hubiera quedado vacante a raíz de la baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora.

2º. No formalizar un periodo de prueba igual o superior a 2 meses o contratos fijos discontinuos.

3º. No formalizar un contrato con un trabajador con el que se haya finalizado su relación laboral con la entidad empleadora en los 6 meses previos a la contratación.

4º. Mantener el contrato 24 meses.

5º. Durante el periodo de mantenimiento del contrato subvencionado, no podrá disminuir la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en la entidad beneficiaria, salvo que esta situación responda a vacantes originadas por la baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora. A estos efectos se comparará la plantilla media del periodo comprendido entre los treinta días previos a la contratación y el día de la contratación

 

 

Plazo de solicitud: del 2 de marzo hasta el 31 de mayo de 2022.

 

 

 Enlace al trámite:

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22268&version=amp