Novedad a tener en cuenta en la elaboración de las Cuentas Anuales para los grupos de sociedades

El pasado 28 de diciembre de 2018 se aprobó la Ley 11/2018 que modifica determinadas normas en materia de información no financiera y diversidad.

Esta norma aporta como novedad que en las cuentas anuales de los grupos de sociedades el informe de gestión consolidado debe incluir el estado de información no financiera siempre que concurran determinados requisitos.

Los requisitos a concurrir son que el número medio de empleados del grupo sea superior a 500 (250 dentro de tres años según la disposición transitoria), que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40.000.000 euros o que el total de las partidas del activo supere 20.000.000 euros.

El estado de información no financiera consolidado deberá incluir información significativa en materia de empleo con son: modalidades de contrato, número de despidos y remuneraciones, desagregando todos estos datos por sexo e incluyendo información específica sobre brecha salarial.

A tener en consideración que las cuentas anuales deben ser registradas y por tanto son públicas pudiendo ser aportadas para posibles reclamaciones de discriminación por razón de sexo por parte de la inspección de trabajo o empleados.