Nueva licencia retribuida para actos preparatorios de donación de órganos

Con fecha de efectos del próximo tres de marzo del 2025 entrará en vigor una nueva licencia retribuida.

La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración por el tiempo indispensable para la realización de los actos preparatorios de la donación de órganos o tejidos siempre que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.

Se considera como situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes en la que se encuentre la persona trabajadora donante de órganos o tejidos para su trasplante. Esta situación comprenderá tanto los días discontinuos como ininterrumpidos, en los que el donante reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social y esté impedido para el trabajo como consecuencia de la preparación médica de la cirugía, como los transcurridos desde el día del ingreso hospitalario para la realización de esta preparación o la realización del trasplante hasta que sea dado de alta por curación.

La prestación consistirá en un subsidio equivalente al cien por ciento de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

El subsidio se abonará a cargo de la entidad gestora o colaboradora que cubra la incapacidad temporal por contingencias comunes desde el mismo día de baja.

Cuadro resumen situaciones especiales de Incapacidad Temporal:

 

TIPO IT

 

CUANTÍA PRESTACIÓN

Exige período mínimo cotización peculiaridad de cotización/fracción cuota/ porcentaje/legislación  

Colectivo Incentivado

 

Tramos cotización

 

Recaída

 

 

 

 

 

Incapacidad temporal por contingencia común desde el mismo día de la baja: incapacidad temporal por menstruación incapacitante secundaria

 

1º a 20º día à 60% BR

 

 

 

 

 

 

NO requiere

21/57/60%/247 8060  

Tramo del día 1 º al 20º día IT

 

 

 

 

 

 

NO

Con compensación diferida de IT: 25/57/60%/247 8062
 

A partir 21ª → 75% BR

21/57/75%/247 8060  

Tramo a partir del día 21º

Con compensación diferida de IT:

25/57/75%/247

8062
 

Para trabajadores con pago directo de IT

 

22/08/100%/247

 

8061

Entre la FECHA EFECTOS ECONÓMICOS y la FECHA FIN

PRESTACIÓN grabada en el

registro SUSPAL

 

 

Incapacidad temporal por contingencia común desde el mismo día de la baja con subsidio equivalente al 100% de la base reguladora:  incapacidad temporal por donación de órganos o tejidos para su trasplante

 

 

Desde 1º día à 100% BR

 

 

 

 

NO requiere

21/57/100%/257 8068  

Tramo desde día 1º de IT

 

 

 

 

SI

Con compensación diferida de IT: 25/57/100%/257 8069
 

Para trabajadores con pago directo de IT

 

22/08/100%/257

 

8070

Entre la FECHA EFECTOS ECONÓMICOS y la FECHA FIN

PRESTACIÓN grabada en el

registro SUSPAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Incapacidad temporal por contingencia común desde el día siguiente al de la baja: interrupción del embarazo y gestación de la mujer trabajadora desde el primer día de la semana 39

 

1º día à salario

      1º día forma parte de tramo trabajado  

 

 

En caso de recaída, el tramo se inicia en el día de la baja médica

 

 

 

2º a 20º día à 60% BR

 

 

No requiere: interrupción del embarazo.

 

Si requiere: gestación de la mujer trabajadora desde el primer día de la semana 39.

 

21/57/60%/247

 

8064

 

 

 

Tramo del 2º día al 20º

 

Con compensación diferida de IT: 25/57/60%/247

 

8066

 

 

A partir 21ª à 75% BR

 

21/57/75%/247

 

8064

 

 

Tramo a partir día 21º

 

En caso de recaída, el tramo se inicia en el día de la baja médica

Con compensación diferida de IT: 25/57/75%247 8066
 

 

Para trabajadores con pago directo de IT

 

 

 

22/08/100%/247

 

 

 

8065

Entre la FECHA EFECTOS ECONÓMICOS y la FECHA FIN

PRESTACIÓN grabada en el registro SUSPAL