Se subvenciona la contratación de personas desempleadas que efectúen mujeres autónomas embarazadas o en proceso de adopción, a fin de que puedan transferirles el conocimiento necesario que posibilite el mantenimiento de la actividad durante la baja maternal.
No podrán resultar beneficiarias las personas socias de sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades civiles y sociedades laborales, así como el personal miembro de comunidades de bienes y personal autónomo colaborador.
El importe de la subvención ascenderá a:
a) En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 3 meses de duración: 1.500 euros
b) En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 6 meses de duración: 3.500 euros
Los importes indicados se incrementarán en 500 euros si se contrata a una persona con diversidad funcional o una mujer.
Los contratos a tiempo parcial de al menos 30 horas semanales resultarán subvencionables, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.
Requisitos del contrato:
La contratación debe efectuarse a partir del 1 de enero de 2021 y siempre con carácter previo a la baja maternal de la mujer trabajadora autónoma.
La persona contratada debe haber permanecido en situación de desempleo manteniendo la inscripción como demandante de empleo en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación hasta su contratación.
La persona contratada no debe mantener con la beneficiaria una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, o su equivalente en el caso de las parejas de hecho.
Plazo: hasta el 1 de octubre de 2021
Acceso al procedimiento:
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=20004&version=amp