Bonificaciones para las autónomas que se reincorporen a su puesto de trabajo tras cese por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela.

Si vuelven a realizar una actividad por cuenta propia dentro de los dos años inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese, tendrán derecho a una bonificación en virtud de la cual su cuota por contingencias comunes y contingencias profesionales, quedará fijada en la cuantía de 60 euros mensuales durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de su reincorporación al trabajo.