Mejoras en las prestaciones de los trabajadores autónomos.

  1. Cuantía: tanto para enfermedad común como accidente del trabajo serán los mismos porcentajes que se aplica a las bases reguladoras en el Régimen General.
  2. Inicio de la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional: al día siguiente del accidente.
  3. Inicio de la prestación por enfermedad común: al cuarto día.